Disponemos de una amplia flota de vehículos propios para la realización de las prácticas y exámenes.
Ciclomotores de 2 ó 3 ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo es de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros.
Permiso A1
Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cc, una potencia máxima de 11 Kw y una relación potencia/peso no superior a 0,11 Kw/Kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
Permiso A2
Motocicletas con una potencia máxima de 35 Kw y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
Motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
Automóviles cuya Masa Máxima Autorizada no exceda de 3.500 Kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya MMA no exceda de 750 Kg.
Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la MMA del conjunto no exceda de 3.500 Kg y la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
Vehículos cuya MMA exceda de 3.500 Kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Dichos vehículos podrán llevar enganchado un remolque cuya MMA no exceda de 750 Kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque cuya MMA exceda de 750 Kg.
Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a 9. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya MMA no exceda de 750 Kg.